La empresa Rock&Pop España Medios y Espectáculos deberá abonar a Hacienda 366.403 euros en concepto de impuesto de sociedades, según una sentencia notificada este jueves por el Tribunal Supremo.
Los pagos efectuados a dos sociedades irlandesas tienen la obligación legal de contribuir La Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha estimado así el recurso interpuesto por el Estado contra la decisión adoptada en enero de 2010 por la Audiencia Nacional, que dio la razón a la empresa y anuló la sanción a la que previamente había sido condenada por no hacer frente al impuesto.
El alto tribunal confirma de esta manera la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central al entender que la entidad Rock&Pop España Medios y Espectáculos S.L. efectuó en 1997 unos pagos a dos sociedades residentes en Irlanda y que estos tienen "naturaleza de renta obtenida en España" y por ellos deben estar sometidos "a la obligación legal de contribuir".
El alto tribunal se hace eco del Modelo de Convenio de la OCDE que permite gravar los rendimientos producidos por el colectivo de artistas y deportistas con el objeto de "dejar parcialmente sin efecto las medidas adoptadas por los interesados, los cuales acostumbraban a residir en paraísos fiscales o Estados con una tributación amable a sus intereses, circunstancia que permitía juficar uan factura fiscal reducida en relación con el volumend e rendimientos obtenido por su actividad [...]
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